Categoría: Normativa

  • Equipos de elevación industriales. ¿Satisfacen las expectativas los modelos estándar?

    Equipos de elevación industriales. ¿Satisfacen las expectativas los modelos estándar?

    Por Antonio A. Llaguno Sahuquillo

    Una de las ventajas que ha proporcionado la Unión Europea es la armonización de productos y servicios, así como la de los procedimientos para garantizar la seguridad e idoneidad de los productos y servicios a las necesidades de los usuarios.

    Sin embargo, esta armonización, ha desembocado, también, en una uniformidad muy pronunciada de los productos y servicios que se producen y proporcionan en el Territorio de la Unión.

    Cuando un producto fabricado en la Unión Europea es lo suficientemente relevante, la unión Europea genera una norma Armonizada y como su propio nombre indica pasa a ser un producto “armonizado” es decir que los productos que los fabricantes desarrollan para esa aplicación acaban siendo muy similares. Es verdad que pueden diferenciarse por aspectos como la calidad o el precio, pero, en el fondo es el mismo producto.

    Sin embargo, los entornos industriales tienen la particularidad de que generalmente no son estándar. Las necesidades de elevación que puede tener un entorno industrial son muy diversas y, generalmente, particulares de ese entorno industrial concreto.

    Así pues, podemos tener requisitos completamente anómalos, como atmósferas potencialmente explosivas, espacios reducidos, muy grandes cargas. Recorridos curvos o no estrictamente verticales, entornos agresivos debido a productos químicos, polvos o al mar, y sobre todo que los productos a proporcionar deben satisfacer requisitos muy especiales y concretos determinados por el proceso productivo al que se tiene que incorporar la solución de elevación que proporcionamos.

    La tentación, muchas veces, es adaptar la necesidad del cliente a nuestro producto estándar. Y habrá multitud de ocasiones en que un producto estándar podrá ser empleado en un proyecto industrial con una adecuación al problema del cliente que sea satisfactoria, pero hay también, muchas operaciones en que la solución proporcionada al cliente se admite, solamente, en un ambiente de resignación por parte del usuario, es decirlo que le entregamos es un “mal menor” o un “bien insuficiente” pero que se le presenta como la única alternativa.

    Pero… ¿Es esa la única alternativa que nos ofrece a los fabricantes la “armonización” europea?

    Hay que contestar con rotundidad que no. Una de las líneas rojas que la Unión Europea no se permite cruzar en su legislación comercial es la de restringir la innovación y la competitividad de los productos europeos basada en esa innovación.

    Se puede diseñar, desarrollar y producir soluciones de elevación “a medida” de las necesidades del cliente.

    Es cierto que es más complejo y laborioso; pero es sin ninguna duda mucho más satisfactorio para el cliente en especial ante necesidades del sector industrial.

    Es evidente que desde un pensamiento centrado en las “necesidades” (y la comodidad) de la fábrica, salirse del estándar que nos muestran las Normas Armonizadas es una molestia considerable, pero desde un punto de vista comercial, nos permite proporcionar al cliente final exactamente lo que necesita en incluso, en ocasiones, si conocemos bien sus procesos productivos, podemos proporcionarle mejoras a esos mismos procesos lo cual redundará en un servicio mucho más satisfactorio para nuestro cliente y en una mejor prestación ya sea, proporcionando mejoras en calidad, plazos, precioso servicios.

    TURBOIBER ELEVACIÓN SL, tiene una dilatada experiencia en generar soluciones innovadoras que se adaptan a las necesidades específicas de cada cliente proporcionando productos y servicios muy flexibles, habiendo llevado a cabo algunas de las soluciones de elevación más innovadoras y singulares de los últimos años en Europa.

    Y todo ello con la garantía que da el poder hacerlo completamente conformes con la legislación europea más exigente y provistas de los certificados necesarios para apuntalar la confianza y la satisfacción de sus clientes. 

  • Qué normativas deben cumplir los elevadores en España

    Qué normativas deben cumplir los elevadores en España

    Las normativas sobre elevadores nos dan las pautas para garantizar la seguridad y el buen funcionamiento de los mismos; por lo tanto, es fundamental estar al día de las últimas novedades tanto a nivel nacional como europeo.

    Antes de entrar a repasar cuáles son las normativas sobre elevadores que aplican en España es importante hacer una distinción…

    ¿Qué diferencia hay entre ascensores y elevadores?

    Según el Real Decreto 88/2013, se considera ascensor a “todo aparato de elevación instalado de forma permanente en edificios o construcciones que sirva niveles definidos, con un habitáculo que se desplace a lo largo de guías rígidas y cuya inclinación sea superior a 15 grados, cuya función sea el transporte de personas, de personas y objetos o solamente objetos en el caso de disponer de un habitáculo accesible; es decir, si está provisto de órganos de accionamiento situados dentro del habitáculo o al alcance de una persona situada dentro del mismo”.  

    Sin embargo, quedan fuera de esta definición aparatos como elevadores en obras de construcción, escaleras mecánicas o salvaescaleras.

    Además de esta definición, también se suele diferenciar entre ascensores y elevadores en base a cinco criterios: velocidad, mantenimiento, normativa, alimentación eléctrica y la altura del foso. 

    Normativa para elevadores: Directiva 2006/42/CE

    La Directiva 2006/42/CE, también conocida como “Directiva Máquinas” se aprobó por primera vez en 1989 y fue revisada en 2009. Sus principales objetivos son dos: 

    • Garantizar unos requisitos mínimos de salud y seguridad entre usuarios y operadores.
    • Asegurar la libre circulación de la maquinaria en el mercado de la UE. 

    Esta se aplica sobre máquinas y componentes de seguridad comercializados individualmente, máquinas usadas y componentes de seguridad de terceros países que se comercialicen en el Espacio Económico Europeo. Sobre todos estos, los estados miembros no podrán prohibir, en ningún caso, la distribución o puesta en servicio de máquinas que cumpla con la Directiva así como tampoco podrán crear nuevas normas que impongan requisitos más estrictos. 

    Qué obligaciones establece la Directiva Máquinas 

    La directiva establece:

    1. El diseño seguro de la maquinaria: los fabricantes han de tener en cuenta la seguridad durante todo el proceso de diseño de la máquina. Esto implica realizar evaluaciones de riesgos constantemente.
    2. Elaborar instrucciones de funcionamiento: cada máquina llevará consigo una manual de funcionamiento en el idioma oficial del país de uso.
    3. Elaborar documentación técnica: esta información contiene todos los diagramas, cálculos, informes de prueba, etc. que certifiquen los requisitos esenciales de salud y seguridad. 

    Además:

    • Los sistemas de control deben diseñarse para evitar situaciones peligrosas.
    • Un único fallo en el hardware o el software no deben dar lugar a situaciones peligrosas.
    • Un error humano previsible no debe conducir tampoco a situaciones peligrosas.

     Decretos para grúas torre demostrables para obras

    El Ministerio de Industria también ha dispuesto una serie Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) para grúas torre desmontables para obras que se han de tener en cuenta. Hablamos, en concreto, de: 

    Estos recogen las secuencias y procedimientos de condiciones y pruebas de seguridad exigibles a las grúas torre. Como, por ejemplo, que a la puesta en servicio “se realizará una inspección en ese emplazamiento por parte de un Organismo de Control así como la entrega, por parte de la empresa instaladora, del manual de instrucciones de utilización y mantenimiento al coordinador de seguridad o al jefe de obra.” 

    En definitiva, todas estas normativas, tienen como objetivo garantizar la seguridad de los usuarios de estos sistemas de elevación de uso industrial. Es habitual que, a lo largo del tiempo, sufran cambios y se actualicen, por lo que es fundamental estar al día en la legislación vigente.